En la jornada de un médico de familia,
existen actividades burocráticas que
carecen de importancia para la salud de
los pacientes, y que restan tiempo para las actividades profesionales.Son situaciones a la que el médico de familia se enfrenta de forma diaria, que nos reclaman una parte importante de nuestro tiempo , y nos resta de otras actividades que si tienen importancia en la labor diaria de un médico de familia, como es el atender a sus pacientes.
Se trata de intentar gestionar los recursos sanitarios, y dentro de dichos recursos, esta el tiempo en consulta, algo que bien gestionado va a redundar en beneficio de los pacientes.
Para ello, nos remitimos a las últimas recomendaciones, que desde la sociedad española de medicina de familia (SEMFYC) nos recomiendan.
Exponemos un breve resumen, y se podrá consultar el documento extenso en
El
artículo 23 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la
Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y
Documentación Clínica, establece el deber que tenemos de cumplimentar los
«protocolos, registros, informes, estadísticas y demás documentación
asistencial o administrativa que guarden relación con los procesos clínicos» en
los que intervenimos, además de aquellos requeridos por «los centros o
servicios de salud competentes y las autoridades sanitarias, comprendiendo incluso
los relacionados con la investigación médica y la información epidemiológica”.
La carga burocrática que debemos asumir es aquella que entra dentro del proceso
clínico asistencial y que no debe ir en contra de nuestra actividad principal,
que es atender a los pacientes
En esta
ocasión la SEMFYC, nos presenta el documento de “RECOMENDACIONES DE 10 ACTIVIDADES BUROCRÁTICAS PARA NO
HACER EN ATENCIÓN PRIMARIA “
- 1.
No emitir justificantes médicos a posteriori para disculpar la ausencia de
un usuario a algún compromiso.
- 2.
No emitir justificantes de ausencia de los menores al colegio o instituto.
- 3.
No emitir certificados médicos de aptitud requeridos para obtener permisos
de uso de armas o de conducir, carnets para prácticas deportivas o
reconocimientos para acceder a pruebas selectivas (policía, bombero, etc.)
- 4.
No hacer certificados específicos para guarderías, enseñanza obligatoria,
enseñanza de adultos, estudios en el extranjero, balnearios, gimnasios,
actividades deportivas municipales, ni para minusvalías, ayuda
domiciliaria o ingreso en residencias socio-sanitarias.
- 5.
No cumplimentar ninguna derivación, solicitud de prueba complementaria o
técnica, petición de traslado en ambulancia, ni solicitud de revisión en
el mismo servicio instada por un profesional de atención hospitalaria o de
urgencias, ni una nueva interconsulta en pacientes que solicitan un cambio
de especialista hospitalario o una segunda opinión.
- 6.
No hacer continuación de tratamientos prescritos por atención hospitalaria
que no se consideran adecuados por el médico de familia.
- 7.
No entregar el documento de consentimiento informado para pruebas
solicitadas o realizadas por otros profesionales.
- 8.
No emitir recetas para vacunas incluidas dentro del calendario o de la
campaña de vacunación para pacientes contemplados por el programa.
- 9.
No facilitar datos clínicos a los familiares ni padres o tutores de
pacientes mayores de 14 años, salvo que esté motivado por el interés del
menor o para el cumplimiento de la patria potestad.
- 10.
No realizar reconocimientos forzosos a instancia de la policía, salvo
orden judicial, en el caso de atención a pacientes detenidos. Siempre debe
mediar el consentimiento del paciente.
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